¿Qué ha cambiado con la nueva normativa para el transporte de menores?

La primera causa de mortalidad infantil en los países desarrollados son los accidentes de coche. Con la instalación de ciertos sistemas de seguridad podremos evitar hasta el 95% de las lesiones por accidente de coche, así como multas de tráfico de gran cuantía. Tras la entrada en vigor de la nueva normativa sobre el transporte de menores en vehículo tendremos que aumentar más nuestra preocupación por la seguridad de los niños si no queremos ver afectado nuestro bolsillo.
Nueva normativa
Mercedes Huidobro, enfermera de Gerencia de Emergencias Sanitarias de Castilla y León, es consciente de que ciertas infracciones de tráfico pueden conllevar fatales consecuencias y por esta razón considera esencial esta medida que ha tomado el gobierno para garantizar la seguridad en el coche de los más pequeños. La enfermera de urgencias ha desglosado los principales cambios normativos que han entrado en vigor con este reglamento.
«En primer lugar tendremos que tener en cuenta que ahora la edad no es la referencia para saber si un menor si debe usar o no un sistema de retención», explica. Con la normativa que entró en vigor el 1 de octubre de 2015 «es la altura el factor que determina la necesidad de tener que usar un tipo de retención u otro», puntualiza. A partir de ahora la obligación de llevar a los niños en sillas homologadas se extiende hasta que los menores midan 135 cm y se recomienda «el uso de los mismos hasta los 150 cm».
La situación cambia si el transporte que se utiliza no es el vehículo propio sino el taxi ya que en estos casos «no será necesario el uso de sistemas de retención infantil exclusivamente cuando circule por vías urbanas, respetando siempre la velocidad de conducción», recalca Huidobro.
El peso y la edad son determinantes para saber qué tipo de dispositivo debemos utilizar para mantener la seguridad de nuestros hijos. Se han dividido en cuatro grupos:
- Grupo 0: está reservado para los menores que no superen los 10 kg de peso o 1 año de edad, éstos deberán ir en cuco o capazo que se deberá colocar en sentido contrario a la marcha y con el airbag desconectado.
- Grupo 0+: Hasta los 18 meses o 13 kg los niños deberán ir en capazo o sillita que se deberá colocar en sentido contrariode la marcha hasta que la cabeza del niño sobresalga del asiento.
- Grupo I: Desde el primer año hasta los cuatro y los 10 y los 18 kg tendrán que ir en sillita. Este grupo cambia la colocación, ya que tendrán que ir por primera vez en el sentido de la marcha y Mercedes Huidobro puntualiza que en esta etapa será importante «educar a los niños a no sacar los brazos de los arneses».
- Grupo II: Con 3 años cumplidos y hasta los 5-6 los niños deberán ir en un asiento elevador.
- Grupo III: Los niños de entre 5 a 12 años se recomienda que vayan en un cojín elevador que garantice un seguridad en carretera.
En la normativa se ha incluido la obligación de que los menores de 135 cm. vayan siempre en el asiento trasero salvo en los casos que el coche no disponga de asientos traseros o de cinturones de seguridad para fijar los sistemas de retención o que todos los asientos traseros estén ocupados por sistemas de retención infantil y estén ocupados por otros menores.
Para terminar la enfermera del servicio de emergencias castellano-leonés recuerda que «es importante no dejar comer en el vehículo o jugar con objetos pequeños si el niño viaja solo, ya que puede provocar atragantamientos y retrasar la actuación de los servicios de urgencias». Marina Vieira
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